ARTÍCULO 57 DE LA CONSTITUCIÓN

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

¿Puede una democracia moderna sostener, sin sonrojo, que la jefatura del Estado se transmite por sangre? En una época obsesionada con la igualdad, el mérito y la transparencia, hay instituciones que parecen vivir al margen del escrutinio cotidiano, protegidas por una mezcla de tradición, costumbre y prudencia política. España no es una excepción. Mientras discutimos sobre regeneración democrática, listas abiertas o reformas institucionales, la cuestión sucesoria apenas ocupa titulares… salvo cuando se convierte en noticia inevitable. El silencio social suele ser el mejor síntoma de que algo se da por inamovible. Y, sin embargo, pocas materias definen tanto la arquitectura del poder como la forma en que se transmite su cúspide simbólica. Ahí es donde la teoría constitucional se encuentra con la realidad histórica, y donde la modernidad convive con vestigios de otra época.

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