
🛡️ MI DERECHO A PENSAR LIBREMENTE
Fundamento constitucional de este proyecto
En una sociedad donde la información corre más rápido que la reflexión, ejercer mi derecho a pensar y expresarme libremente se ha convertido, casi, en un acto de resistencia.
Por eso existe Soy un Pensador Libre: no como una provocación, sino como un acto de coherencia. Este proyecto no nace desde el privilegio, sino desde el derecho. Y no cualquier derecho, sino uno que la Constitución Española reconoce, protege y consagra.
📜 La Constitución Española me ampara
No necesito pedir permiso para pensar. Lo hago amparado por el marco legal más alto del Estado: la Constitución de 1978.
A continuación, reproduzco literalmente los artículos que avalan mi libertad de pensamiento, expresión y creación. Y lo hago no solo como ciudadano, sino como autor consciente de mis derechos.
🔹 Artículo 10 – Dignidad humana y derechos fundamentales
“La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.”
Mi derecho a pensar, dudar, criticar y publicar no es un lujo. Es parte de mi dignidad como ser humano. La misma que la Constitución considera piedra angular del sistema democrático.
🔹 Artículo 16.1 – Libertad ideológica
“Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.”
Tengo derecho a tener y expresar una ideología, incluso si molesta. Incluso si no encaja en el relato dominante. Y nadie, bajo ningún pretexto, puede imponerme lo contrario.
🔹 Artículo 20 – Libertad de expresión y de información
- 1. Se reconocen y protegen los derechos:
- a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
- b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
- c) A la libertad de cátedra.
- d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.
- 2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
- 3. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
- 4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a otros derechos fundamentales, en especial el honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de la juventud y la infancia.
- 5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
🧭 ¿Por qué lo dejo claro?
Porque sé que pensar con libertad puede incomodar. Sé que hay quien utiliza etiquetas como “agitador”, “desinformador” o “peligroso” para silenciar al que simplemente hace preguntas.
Pero ninguna etiqueta, ningún algoritmo ni ningún tribunal mediático pueden anular mis derechos fundamentales.
Aquí no se publica por tolerancia del sistema.
Aquí se publica porque la ley me respalda.
Y si alguien pretende intimidarme o censurarme, no solo estará atacando una opinión. Estará atentando contra los cimientos mismos del Estado de Derecho.
📌 Conclusión
Soy un Pensador Libre no es solo un blog: es un ejercicio deliberado, consciente y protegido de mis derechos constitucionales.
Así que, si alguien decide enfrentarse a este proyecto con amenazas, censura o persecución, que sepa esto:
No está cuestionando un texto. Está violando una libertad.
Y eso, en democracia, no puede ni debe ser tolerado.