ARTÍCULO 13 DE LA CONSTITUCIÓN

España es un país que presume de ser abierto, europeo y cosmopolita… pero que sigue sin tener del todo claro qué significa eso de “los extranjeros”. Entre la hospitalidad constitucional y la sospecha burocrática, el Artículo 13 es un espejo que nos muestra cómo se concibe al “otro”: aquel que viene de fuera, trabaja, paga impuestos y aun así sigue siendo un invitado en su propia casa.

Mientras hablamos de derechos humanos en Bruselas, aquí los traducimos en formularios, plazos y permisos de residencia. Este artículo, redactado en los albores de la Transición, buscaba abrirnos al mundo. Hoy, en plena crisis migratoria global, lo que nos muestra es hasta qué punto seguimos gestionando la igualdad con la calculadora en la mano y la empatía en la frontera.

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ARTÍCULO 13 DE LA CONSTITUCIÓN

📜 Texto original

Artículo 13 de la Constitución Española:

  1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.
  2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
  3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.
  4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.

Aquí tienes el enlace al texto oficial del Artículo 13 de la Constitución Española, publicado en el sitio web del Boletín Oficial del Estado (BOE):

Este recurso contiene el texto íntegro de la Constitución de 1978, permitiéndote acceder también a los artículos adyacentes y al índice completo.


🟢 Traducción a lenguaje sencillo

Este artículo dice que las personas extranjeras que viven en España tienen derechos y libertades, pero siempre dentro de los límites que marquen las leyes y los acuerdos internacionales. Los derechos políticos —como votar o ser elegido— están reservados solo para los españoles, salvo en el caso de elecciones municipales, donde puede haber acuerdos con otros países. Además, regula la extradición (entrega de un acusado o condenado a otro país) y el derecho de asilo para quienes huyen de conflictos o persecuciones. En resumen: reconoce derechos, pero con condiciones.


🕰️ Contexto histórico y político

El Artículo 13 nació en plena Transición, cuando España buscaba ser aceptada por Europa y dejar atrás la imagen de país cerrado del franquismo. Se redactó pensando más en los españoles que vivían fuera que en los extranjeros que llegarían. Nadie imaginaba la inmigración masiva que comenzaría en los años 90. Por eso, este artículo mezcla una voluntad de apertura con un claro instinto de control. La prioridad era encajar en el marco europeo, firmar tratados y mostrar una cara democrática. Pero bajo ese barniz de modernidad seguía latiendo una mentalidad desconfiada hacia el “extranjero”, propia de un país que acababa de salir del aislamiento.


⚖️ Posibles interpretaciones o debates

El debate principal gira en torno al equilibrio entre derechos universales y soberanía nacional. ¿Hasta qué punto debe un país garantizar los mismos derechos a quien no es ciudadano? La Constitución deja la puerta abierta, pero no la abre del todo. En la práctica, los derechos de los extranjeros dependen de su situación administrativa, lo que crea una ciudadanía de dos velocidades. También hay discusión sobre el derecho al asilo, especialmente tras las crisis humanitarias recientes, donde España —como el resto de Europa— ha mostrado más retórica solidaria que acción real. Y sobre la extradición, la línea entre delito político y terrorismo ha servido, a veces, para decisiones más políticas que jurídicas.


🔍 ¿Se cumple hoy en día? (reflexión crítica)

Formalmente sí: España tiene leyes de extranjería, acuerdos de reciprocidad y procedimientos de asilo. Pero en la realidad, el cumplimiento es desigual. Las devoluciones en caliente, los CIE (Centros de Internamiento de Extranjeros) y los laberintos burocráticos para regularizarse dibujan un panorama más oscuro. El asilo, derecho constitucional, se ha convertido en una carrera de obstáculos. Mientras tanto, millones de trabajadores extranjeros sostienen sectores enteros —campo, cuidados, hostelería— sin derechos plenos ni estabilidad. Es decir: se cumple la letra, pero no el espíritu. España se proclama país de acogida mientras externaliza sus fronteras a Marruecos y mira hacia otro lado ante los abusos cotidianos.


La opinión de SOY UN PENSADOR LIBRE

Lo confieso: cada vez que leo el Artículo 13 me pregunto si la Constitución fue escrita para las personas o para los papeles. Habla de “libertades públicas”, pero luego las somete a leyes que las recortan. Define el derecho de asilo, pero convierte en sospechoso al que lo pide. Y mientras tanto, la sociedad se acostumbra a distinguir entre “nosotros” y “ellos”, como si los derechos humanos vinieran con pasaporte.

España presume de memoria histórica, pero parece olvidar que fuimos un pueblo de emigrantes, no de guardianes de frontera. No es que el Artículo 13 esté mal redactado; es que lo hemos interpretado con miedo, con esa desconfianza tan nuestra hacia quien viene de fuera a recordarnos lo que ya no queremos ver: que la libertad, cuando depende de un permiso de residencia, deja de ser libertad.

Quizá el día que miremos al extranjero sin cálculo ni paternalismo, podamos decir que este artículo —y este país— se han hecho realmente europeos.


Crítico, riguroso y libre. Aquí no se aceptan verdades impuestas ni filtros oficiales. Pensar es resistir. Sigue leyendo, cuestiona todo y construye tu propia visión, sin ideologías ni censura. Bienvenido a «Soy un pensador libre»

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