La justicia, dicen, es ciega. En España, en cambio, parece que a veces se quita la venda para mirar de reojo quién entra por la puerta. El Artículo 24 de nuestra Constitución es uno de esos textos solemnes que prometen garantías, derechos y un trato justo para todos. Sin embargo, basta asomarse a la realidad diaria para sentir que las promesas constitucionales funcionan como los folletos turísticos: bonitas para enseñar, difíciles de reconocer cuando uno pisa el terreno. Hoy analizo este artículo con la convicción de que la justicia no solo debe ser justa, sino también parecerlo. Y, sobre todo, con la sospecha creciente de que el ciudadano medio se conforma con creer que tiene derechos sin comprobar si en la práctica le sirven de algo. Ser libre es, también, no comulgar con ruedas de molino.

ARTÍCULO 24 DE LA CONSTITUCIÓN
📜 Texto original
Artículo 24 de la Constitución Española:
- Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
- Asimismo, todos tienen derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
Aquí tienes el enlace al texto oficial del Artículo 24 de la Constitución Española, publicado en el sitio web del Boletín Oficial del Estado (BOE):
- Artículo 24 de la Constitución Española en la web del BOE
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
Este recurso contiene el texto íntegro de la Constitución de 1978, permitiéndote acceder también a los artículos adyacentes y al índice completo.
🟢 Traducción a lenguaje sencillo
Este artículo dice que todas las personas tienen derecho a que un juez escuche sus problemas y les dé una solución justa. Nadie debe quedarse indefenso. También garantiza que si te acusan de algo, te juzgará un juez normal —no uno puesto a dedo—, tendrás abogado, sabrás de qué se te acusa, el juicio será público y no se alargará más de lo razonable. Además, puedes presentar pruebas, no tienes que declarar contra ti mismo y se te considera inocente hasta que se demuestre lo contrario. La ley también permite que ciertos familiares o profesionales no estén obligados a declarar.
🕰️ Contexto histórico y político
El Artículo 24 nace en plena Transición, cuando España buscaba alejarse del viejo sistema judicial franquista, fuertemente politizado y poco garantista. Las presiones europeas apuntaban hacia un modelo de protección de derechos alineado con el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En ese clima, garantizar un juicio justo, la presunción de inocencia y la independencia judicial era imprescindible para legitimar el nuevo régimen democrático. También fue una manera de calmar las tensiones entre sensibilidades políticas opuestas: se necesitaba una justicia “neutral” para que nadie temiera persecuciones ideológicas. El resultado fue un artículo robusto… en el papel.
⚖️ Posibles interpretaciones o debates
El debate más frecuente gira en torno a la dilación indebida, un concepto tan maleable que casi permite justificar cualquier retraso. También está la eterna controversia sobre la politización de la justicia, especialmente en la elección de vocales del CGPJ. Otro conflicto surge con la presunción de inocencia, vulnerada a veces por juicios paralelos mediáticos que condenan antes que los tribunales. Por último, la promesa de un “juez predeterminado por la ley” se pone en duda cuando ciertos tribunales parecen crearse o modificarse según el caso de turno. En la práctica, la justicia expresa tensiones entre independencia real, intereses políticos y presión social.
🔍 ¿Se cumple hoy en día? (reflexión crítica)
En gran medida, sí se respetan las garantías básicas: abogado, información, proceso público. Pero hay grietas. Los retrasos judiciales son estructurales y minan la tutela efectiva: un juicio que llega tarde ya no es justicia, es trámite. La presunción de inocencia se diluye frente al espectáculo mediático. La independencia judicial sufre cada vez que partidos y órganos institucionales se enzarzan en guerras por el control de los nombramientos. Y la indefensión aparece en colectivos vulnerables que, aunque tengan derechos sobre el papel, no pueden ejercerlos en igualdad de condiciones. El artículo se cumple, pero no sin sombras preocupantes.
La opinión de SOY UN PENSADOR LIBRE
Siempre me ha fascinado cómo España presume de tener un sistema judicial garantista mientras los ciudadanos hacen colas eternas en juzgados saturados que parecen sacados de otra época. El Artículo 24 promete justicia accesible y eficaz, pero la realidad funciona como esos restaurantes con carta espectacular y cocina mediocre: lo que llega al plato no se parece a la foto.
Me preocupa, y mucho, que hayamos normalizado la lentitud, la politización y la sensación de que ciertos asuntos pesan más que otros según quién esté implicado. Es un autoengaño colectivo cómodo: pensamos que la justicia es igual para todos porque así lo dice la Constitución… y ya está. Yo no puedo comulgar con esa ficción.
Si el ciudadano renuncia a cuestionar la calidad real de su justicia, no habrá Constitución que lo proteja. La venda de la justicia debería simbolizar imparcialidad, no ceguera selectiva. Y mientras sigamos aceptando esa diferencia, seguiremos viviendo más cerca de la apariencia que de la verdad.
Crítico, riguroso y libre. Aquí no se aceptan verdades impuestas ni filtros oficiales. Pensar es resistir. Sigue leyendo, cuestiona todo y construye tu propia visión, sin ideologías ni censura. Bienvenido a «Soy un pensador libre»